Cuando el SII determina y "gira" una deuda tributaria, la cobranza pasa a la Tesorería General de la República (TGR), que es quien la ejecuta. Si la deuda no se paga ni se reclama dentro de los plazos legales, la TGR inicia un juicio ejecutivo de cobro y obtiene del tribunal la orden de embargo.
El embargo no es una sentencia firme: es una medida ejecutiva que se puede levantar por varias vías. Lo importante no es el embargo en sí, sino actuar rápido y con la estrategia correcta.